DEFINICION.
Serán reconocidos como padres de familia y/o acudientes de los estudiantes de la institución educativa las JUNTAS, los adultos que presenten y avalen con su firma la matricula del educando en la sede.
Los padres de familia y/o acudientes son las personas directamente responsables de las actuaciones de sus hijos o acudidos en la institución y como miembro activo de esta comunidad educativa gozan de las prerrogativas que se tienen para los demás estamentos que la conforman.
Los padres de familia o acudientes como representantes legales de los estudiantes tendrán los siguientes perfiles, derechos y deberes.
PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA
- Que comprenda que no basta con matricular a sus hijos en las sedes, sino que es necesario acompañarlos durante todo el proceso educativo.
- Que da oportunidad para que sus hijos vayan tomando sus decisiones según su edad y responsabilidad.
- Que se preocupa por la formación afectiva y sexual de su hijo dándole ejemplo con apropiación de valores.
- Que tengan claro el principio de autoridad fundamentada en el dialogo.
- Que promueva relaciones de convivencia en el hogar y con los vecinos para aportar al proceso de paz y que no recurran al excesivo paternalismo, autoritarismo y permisibilidad.
- Que quiera a su institución.
ESTÍMULOS DE PADRES DE FAMILIA
DEFINICIÓN: Los estímulos son los reconocimientos que se hacen a los padres de familia por impulsar la colaboración, la solidaridad y por el compromiso con el proceso educativo.
La institución otorgara mención de honor a los siguientes padres de familia:
- A los padres de familia que se destaquen por su liderazgo en la gestión de aspectos que se requieran en la institución.
- A los padres de familia que participen de los proyectos pedagógicos y promuevan la cultura de la participación.
- A los padres de familia que se destaquen por promover las salidas pedagógicas.